Autoriza Cabildo matamorense bono para contribuyentes cumplidos
Escrito por Redacción / Visión TamaulipasAplicarán bonificaciones del 15 por ciento en Enero; 12 por ciento en Febrero, 8 por ciento en Marzo y 6 por ciento en Abril de 2018 Con la finalidad de beneficiar a los contribuyentes puntuales, durante la décima tercera sesión ordinaria de Cabildo presidida por el presidente Jesús de la Garza Díaz del Guante, aprobó por mayoría de votos, descuentos del 15, 12, 8 y 6 por ciento en el pago del impuesto predial para el año 2018, con base en lo dispuesto en el artículo 109 del código municipal vigente.
Así mismo se plantearon otras modificaciones en el pago de dicha aportación anual, -para el ejercicio referido-, con el propósito de captar la mayor cantidad de recursos posibles, sin que represente una carga para el contribuyente, como son los pagos parciales, y para lo cual podrá tomar la siguiente opción: Durante el mes de Enero, se otorgara un 15 por ciento de bonificación, si el pago correspondiente, ya sea en una sola exhibición o en forma parcial; mientras que en el mes de Febrero se aplicará un descuento del 12 por ciento. En Marzo la bonificación será de un 8 por ciento y por ultimo durante el mes de Abril el contribuyente pagará con un 6 por ciento de descuento. Otros beneficios que se otorgaran en 2018, en el pago del impuesto predial, es el descuento de un 50 por ciento, para los contribuyentes que sean jubilados o pensionados de cualquier sistema de seguridad social en el país, o que tengan alguna discapacidad, así mismo aplica para adultos mayores de 60 años de edad, así como también a ejidatarios y campesinos exclusivamente en un predio urbano. El referido acuerdo entrara en vigor a partir del uno de enero del 2018. Por otro lado y de acuerdo a la orden del día, el Cabildo aprobó los horarios para el personal que desarrollará una jornada de trabajo, comprendido entre las 7:00 de la mañana, a las 16:00 horas, -4 de la tarde-, con un máximo de 8 horas diarias de lunes a viernes. Para los funcionarios municipales el horario a que deberán de sujetarse será de las 8.00 de la mañana a las 16:00 horas, de lunes a viernes y para el personal de intendencia será de las 7.00 a las 15.00 horas, de lunes a viernes disponiendo de 30 minutos para alimentos durante la jornada laboral. Por otra parte al personal que por la naturaleza de sus funciones requieran laborar en horario y días distintos a los establecidos en el acuerdo deberán de ser aprobados por los titulares de las dependencias de que se trate.
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